Veinte años de prision a profesor de baile por abusar sexualmente de cuatro alumnas menores

Un profesor de baile, acusado de abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas de entre 11 y 16 años, en una escuela de baile de General Pico, fue condenado a 20 años de prision por el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa.

Argentina 14 de mayo de 2021 Agencia Télam
Un profesor de baile, acusado de abusar sexualmente de cuatro de sus alumnas de entre 11 y 16 años, en una escuela de baile de General Pico, fue condenado a 20 años de prisión por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa.
Los ministros del STJ, Luis Losi y Hugo Díaz, confirmaron la condena contra el Gonzalo Escobar, de 24 años, por abuso sexual, al declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por el abogado particular del imputado, José Mario Aguerrido, informó el área de prensa del Poder Judicial.
Escobar ejercía como profesor en la escuela "Style Dance", a la que concurrían alrededor de cien jóvenes, tanto mujeres como varones, y tenía un gran reconocimiento en esa ciudad, y donde se enseñaba hip hop, reggaeton y free style.
Los abusos fueron denunciados por las víctimas a finales de 2019, y el 22 de noviembre fue detenido, y así llegó al juicio donde fue condenado en primera instancia por un Tribunal de Audiencia de General Pico.
Ahora los ministros de SSJ ratificaron la condena por abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado en dos hechos, y abuso sexual con acceso carnal de una persona menor de 16 años, aprovechándose de su inmadurez en razón de la mayoría de edad del autor y por su relación de preeminencia agravado por la guarda como delito continuado, todos ellos en concurso real.
En los fundamentos de la condena, el STJ indicó que se identificó “de manera precisa cómo la relación entre los progenitores (de las niñas) y el imputado, gestó una circunstancia que luego fue aprovechada para producir el acto abusivo”.
A partir del informe de una profesional, confirmaron que el victimario se aprovechó de la inmadurez sexual de otra de las víctimas y que también se constató por parte de las menores de “la falta de libertad al acceder a los requerimientos”.
El STJ sostuvo que, a partir del informe de una psicóloga, se probó que el agresor, a partir de su relación de preeminencia, fue preparando el vínculo “hasta lograr una situación de fascinación y adhesión ciega a sus designios, demarcando que esa asimetría descartaba cualquier posibilidad de libre acceso al consentimiento”. (Télam)
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