Liberar a abusadores de niñas por prescripcion de causa favorece la impunidad, dijo titular de UFEM

Cuando la justicia libera a un abusador sexual de niñas, como el exsacerdote Carlos Jose, por prescripcion de los hechos logra que "un enorme numero" de casos iguales "quede impune" y ademas, no se respeta el tiempo de la victima para procesar esa

Argentina 13 de marzo de 2021 Agencia Télam
Cuando la justicia libera a un abusador sexual de niñas, como el exsacerdote Carlos José, por prescripción de los hechos logra que "un enorme número" de casos iguales "quede impune" y además, no se respeta el tiempo de la víctima para procesar esa violencia, analizó hoy la fiscal Mariela Labozzetta.
La funcionaria judicial es titular de la Fiscalía Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM) del Ministerio Público Fiscal (MPF) y eligió hacer un hilo a través de su cuenta de Twitter sobre la evolución normativa argentina relacionada a abuso sexual a niñeces, los tiempos de prescripción de causas y "la dimensión total que debe tener la perspectiva de género en la administración de justicia".
Su análisis llegó tras conocerse esta semana la decisión del Tribunal Oral Criminal (TOC) N° 2 de San Martín integrado por Raúl Luchelli Ramos, Carolina Martínez y Mónica María Carreira, que encontró a José inocente de los cargos de "abuso sexual infantil gravemente ultrajante y doblemente agravado" no porque los hechos hayan sido inexistentes, sino por considerar vencido el plazo para juzgarlos.
Labozzetta recordó que en 2011 se modificó el Código Penal para situaciones de abusos sexuales, con la "Ley Piazza" (26.705), que estableció que para esos delitos la prescripción empezara a correr cuando la víctima alcanza la mayoría de edad.
"La razón de ser de ese cambio fue que muchos abusos eran cometidos por las personas responsables de los niños y niñas abusadas, quienes a la vez eran legislativamente las responsables de denunciar. Un obstáculo casi imposible de salvar que generaba prescripción e impunidad", explicó la funcionaria del MPF.
Esa reforma "no resultó suficiente para impedir las prescripciones" y en 2015 se sancionó la ley 27.206 (vigente al día de hoy), que estableció que el curso de la prescripción se suspende mientras la víctima sea menor de edad y hasta que formule la denuncia.
"A las víctimas les lleva tiempo entender que fueron abusadas. Les lleva tiempo desnaturalizar la violencia sexual que en muchos casos dura años, empieza a muy temprana edad y es ejercida por personas con influencia familiar o social sobre ellas. Y les cuesta romper el silencio", resaltó Labozzetta.
Es lo que manifiesta en la entrevista con Télam Mailín Gobbo (33), que llevó a juicio al excura liberado (Ver nota central).
Ese fallo absolutorio volvió a traer la discusión en torno a si los casos anteriores a la ley 27.206 están prescriptos o "por criterios convencionales o constitucionales se puede considerar vigente la acción. Muchos de ellos son de tiempos en los que la violencia de género y los abusos eran tabú", resaltó la funcionaria judicial.
"Adoptar posiciones doctrinarias o jurisprudenciales y resolver judicialmente casos con perspectiva de género también implica repensar los principios generales del derecho y el peso específico de cada uno en relación con los demás", añadió.
Aseveró también que sostener que los hechos anteriores a esa reforma legal están prescriptos "trae consigo la decisión de que un enorme número de casos quede impune. Nada menos. En consecuencia, quienes participamos del ámbito judicial tenemos la obligación de, al menos, dar esta discusión".
Para Labozzetta las leyes que reformaron la prescripción "sólo vinieron a consagrar derechos que ya existían" por pactos internacionales firmados por Argentina, algunos con rango constitucional.
Asimismo, señaló que hay precedentes que "adoptaron esta postura (la misma que sostenemos desde la UFEM), tanto de las cámaras de casación federal y nacional, como de tribunales provinciales. Otros resolvieron la prescripción pero dispusieron como alternativa desarrollar 'juicios por la verdad'".
"La interpretación final está en manos de la Corte, que tiene varios casos pendientes de resolución en los cuales se debate este asunto", finalizó la fiscal. (Télam)
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