Las terapias electroconvulsivas son tecnicas deshumanizantes contrarias a la dignidad humana

Por Jo&347;e Alberto Muñoz Cada tanto, como un proceso de detenimiento de la plena aplicacion de la Ley de Salud Mental, asistimos a declaraciones sobre el uso de terapias convulsivantes.

Argentina 15 de enero de 2020 Agencia Télam
Por Jośe Alberto Muñoz (*)

Cada tanto, como un proceso de detenimiento de la plena aplicación de la Ley de Salud Mental,asistimos a declaraciones sobre el uso de terapias convulsivantes.
Particularmente, haciendo hincapié en la terapia electroconvulsiva, más conocida como electroshock. El electroshock es el uso de descargas eléctricas a fin de inducir convulsiones.
Desde la Federación de Psicólogos de la República Argentina, Fepra, no podemos hacer menos quemanifestar el rechazo a tales prácticas, por constituir una práctica contraria a nuestra legislación, recordando su prohibición de aplicación en niños, niñas y adolescentes.
Importante es destacar que no sólo a nuestra legislación nacional nos referimos. Ya en el año 1991, la Asamblea de Naciones Unidas comunicó los "Principios de Naciones Unidas para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención en salud mental".
La pregunta inmediata es: ¿de quién tenemos que proteger a las y los usuarios de los servicios de salud mental?
Una respuesta posible, es del poder discrecional que se pudiese ejercer sobre ellas y ellos, de la falta de respeto a la dignidad de las personas, de su negación de condición de ciudadanas y ciudadanos.
Se reconoce que la técnica tiene efectos secundarios como alteraciones cerebrales permanentes producto de pérdida neuronal y otros desórdenes, psicológicos, neurológicos y químicos.
Las terapias electroconvulsivantes evaden las normas que prohíben las torturas y tratos crueles.
Este tipo de terapéuticas, invasivas e invalidantes están en las antípodas de los estándares en derechos humanos y salud mental que garantiza la Ley 26657 de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.
Por esta razón y ante la débil cientificidad de dicha técnica el Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental a través de la resolución 17 del año 2014 recomienda su prohibición.
Nuestra Federación expresa su oposición a la aplicación de esta y cualquier otra técnica deshumanizante que no se corresponden con los paradigmas que bregan por la dignificación de las y los usuarios de salud mental.

(*) José Alberto Muñoz, Presidente de la Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). (Télam)
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