La Defensoria del Pueblo recomendo cubrir tratamiento de fertilidad a victima de violencia de genero

La Defensoria del Pueblo de la Nacion recomendo a la Obra Social de la Union del Personal Civil de la Nacion que posibilite que una afiliada, que se habia ligado las trompas luego de sufrir violencia de genero, y su actual pareja accedan a

Argentina 08 de enero de 2020 Agencia Télam
La Defensoría del Pueblo de la Nación recomendó a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) que posibilite que una afiliada, que se había ligado las trompas luego de sufrir violencia de género, y su actual pareja accedan a las técnicas de reproducción humana asistida de alta complejidad, anteriormente denegadas, se informó hoy.
A través de un comunicado, la Defensoría informó que la actuación se inició ante el reclamo de los interesados ante la negativa de su Obra Social a cubrirle un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad.
Los damnificados informaron a la Defensoría que se encuentran en pareja desde hace aproximadamente cinco años y en la actualidad desean formar su propio proyecto de parentalidad, a partir de la búsqueda de un hijo biológico.
La mujer señaló que posee cuatro hijos biológicos con una anterior pareja, de la cual se separó en el año 2013, luego de 17 años de matrimonio y convivencia, donde fue sometida a diversos abusos físicos y psíquicos.
La trabajadora relató que la falta de conocimiento, el temor y la poca visibilización de la violencia de género que existía en el momento en el que fuera sometida por su ex pareja a los abusos, motivó su tolerancia por años a pesar que su integridad física y emocional estuviera en serio riesgo.
La situación se agravó en el 2010 cuando producto de una relación sexual no consentida con su ex pareja, quedó embarazada de su último hijo, recurriendo al método anticonceptivo la ligadura tubaria bilateral, según asesoramiento de su médica obstetra.
Tiempo después, separación mediante, conoció a su actual conviviente coincidiendo en el deseo de tener hijos propios; por tal motivo su médico indicó la necesidad de acudir a las técnicas de reproducción humana asistida, como medio para lograr un embarazo pese a tener las Trompas de Falopio ligadas.
En atención a ello se presentaron en la Obra Social con el propósito de obtener la autorización correspondiente, pero la respuesta fue negativa y eso motivó su queja ante la Defensoría del Pueblo.
Ante el pedido de informes, la Obra Social respondió que “la auditoría médica de esta obra social ha evaluado el requerimiento de la beneficiaria y ha resuelto no hacer lugar a la cobertura del tratamiento de fertilización médicamente asistida, toda vez que la afiliada de forma voluntaria se ha sometido oportunamente a la práctica de ligadura tubaria bilateral, por lo que optó por perder su capacidad conceptiva”.
Advirtiendo criterios restrictivos de interpretación normativa, que ponen en riesgo los derechos sexuales y reproductivos de la pareja, la Defensoría consideró que es incorrecto afirmar que el espíritu de la Ley de Fertilización Asistida y su Decreto Reglamentario haya sido exclusivamente posibilitar ser padres a aquellas personas con alguna patología o dificultad para concebir por la vía natural porque en sus artículos se incluye a todas las personas que por otras causas tampoco pueden procrear, como por ejemplo, a las familias nacidas a partir del matrimonio igualitario o personas solas que no tienen un compañero o compañera, pero quieren ser padres.
La Defensoría dictó la recomendación a la Obra Social para que autorice el citado procedimiento de fertilización asistida y se puso en conocimiento de lo actuado al Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi), para que tome la intervención que considere pertinente. (Télam)
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