La Corte Constitucional de Colombia despenalizo el suicidio asistido

El suicidio medicamente asistido fue despenalizado por la Corte Constitucional de Colombia, se informo hoy.

Argentina 11 de mayo de 2022 Agencia Télam
El suicidio médicamente asistido (SMA) fue despenalizado por la Corte Constitucional de Colombia, se informó hoy.
El pleno de la Corte colombiana, por 6 votos contra 3, sacó del Código Penal la prohibición a los médicos de asistir a personas cuyo deseo es morir, ante condiciones graves de salud contrarias a su idea de dignidad, publicó el diario El Espectador.
La Corte ya había sentado un precedente hace algunos meses, cuando amplió el proceso a la eutanasia.
En el SMA la persona causa su propia muerte, mientras que en la eutanasia la acción es consumada por un médico.
Con el fallo de la Corte Constitucional, Colombia pasa a ser el primer país de América que despenaliza tanto la eutanasia como el SME.
Los otros países que tienen garantizadas ambas prácticas médicas son Canadá, España, Luxemburgo, Países Bajos y los estados de Victoria y Western Australia, en Australia, y Suiza.
El plenario de la Corte Constitucional de Colombia analizó una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLab), que consideró que no es posible penalizar a los prestadores de salud que acompañan un procedimiento de ese tipo.
Hasta ahora, este tipo de práctica implicaba en Colombia una pena entre 16 y 36 meses.
Según lo decidido por la Corte Constitucional, el SMA será legal cuando el paciente esté debidamente diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable.
También cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta del padecimiento, los cuales además sean incompatibles con su idea de una vida digna.
Como en la eutanasia, el paciente deberá contar el respectivo consentimiento informado y la asistencia de un médico profesional.
Una de las iniciativas que promovieron los demandantes es que, así como la eutanasia tiene unos parámetros para que se lleve a cabo, el suicidio médicamente asistido también debe tener esos mecanismos, agregó El Espectador,
El Ministerio de Salud no estuvo de acuerdo durante el estudio de la demanda, ya que consideró que el acto médico podría ser condicionado hacía el propósito de la muerte y que ningún profesional debería ser obligado a ser parte de la voluntad del paciente, por incompatibilidad moral o diferencias sobre la condición de salud.
A la misma conclusión llegó la Procuraduría, la cual no desconoce que el SMA pueda ser una alternativa para garantizar el derecho a morir dignamente. No obstante, según su criterio, bajo el principio de separación de poderes, el Congreso es el encargado de autorizar que el procedimiento sea reconocido como válido.
El Ministerio de Justicia fue la primera cartera del Ejecutivo que se negó al SMA el 16 de noviembre pasado, precisó el diario bogotano. (Télam)
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