Justicia de Santa Cruz avalo reclamo de contadores contra la AFIP

El Juzgado Federal de Rio Gallegos admitio el reclamo del Consejo Profesional de Ciencias Economicas de Santa Cruz y suspendio una resolucion de la AFIP que los obligaba a informar mecanismos para minimizar la carga tributaria, trascendio hoy.

Argentina 22 de enero de 2021 Agencia Noticias Argentina
El Juzgado Federal de Río Gallegos admitió el reclamo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Cruz y suspendió una resolución de la AFIP que los obligaba a informar mecanismos para minimizar la carga tributaria, trascendió hoy. La decisión judicial cuestiona la resolución 4838/20 de Impositiva, que busca obligar a los contadores a cumplir con el régimen informativo de planificación fiscal. El planteo de los contadores sostiene que esa resolución "vulnera la confidencialidad entre los profesionales y sus clientes, ya que obliga a revelar las estrategias fiscales". La justicia avaló así la medida cautelar presentada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de esa provincia, un reclamo que se extendió a todo el país. La resolución cuestionada establece el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales y determina que los contribuyentes y contadores que implementen una planificación fiscal para un tercero deberán informar los mecanismos a los que recurren para minimizar la carga fiscal. El mismo reclamo había sido presentado por las otras 23 entidades que conforman la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), hasta que la AFIP se expida sobre el recurso administrativo presentado ante el organismo. Fuentes de la AFIP explicaron que el fallo solo tiene alcance sobre la provincia de Santa Cruz y es válido hasta que se resuelva el planteo administrativo
Los voceros indicaron que ese régimen se aplica en Estados Unidos, Irlanda, Reino Unido, Canadá, Portugal, Sudáfrica, México y Chile, entre otros países. Una presentación similar a la de Santa Cruz había hecho el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires. Los contadores sostienen que la resolución es "inconstitucional, porque transgrede derechos y viola el acuerdo o secreto profesional y confidencial entre asesor y el cliente". También cuestionan la figura del "asesor fiscal" establecida por la resolución, por considerar que tiene una gran carga en materia de responsabilidad profesional, pero señalan que en la normativa es "muy poco preciso el concepto del sujeto obligado a ejercer la tarea informativa". La norma engloba en esa figura a quienes "ayuden, asistan, aconsejen, asesoren, opinen o realicen cualquier actividad relacionada con la implementación de una planificación fiscal, siempre que participen en dicha implementación directamente o a través de terceros". Respecto del secreto profesional, el régimen dispone que quienes se abstengan de brindar los datos requeridos, deberán notificar al contribuyente mediante la web de la AFIP. LMD/JC/OM NA
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