Confirman el procesamiento de una mujer por golpear a su hija menor de edad

La Camara Nacional en lo Criminal y Correccional ratifico el procesamiento de una mujer por lesiones agravadas en contra de su hija menor de edad, confirmaron hoy fuentes judiciales. La resolucion contra A.Á.R.

Argentina 28 de septiembre de 2020 Agencia Télam
La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional ratificó el procesamiento de una mujer por lesiones agravadas en contra de su hija menor de edad, confirmaron hoy fuentes judiciales.
La resolución contra A.Á.R. fue tomada la Sala VII de la Cámara por hechos registrados en la Ciudad de Buenos Aires hace algo más de dos años, cuando la pequeña convivía con su madre, a la que luego se la privó del cuidado de la menor.
El tribunal consideró probadas las “lesiones agravadas” por el vínculo, pese a no haber constancias médicas de las heridas, porque la pequeña prefería ocultarlas a su padre J.C.A, no conviviente, quien decidió denunciar los hechos ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD).
El progenitor relató que el 9 de junio de 2018, tras retirar a su hija del domicilio de Á. R., notó que la menor tenía el labio lastimado y, tras consultarle qué le había ocurrido, la niña le respondió que “la madre le había golpeado en la boca, con la mano” y que le había pegado "patadas en la cola”.
E padre agregó que una situación similar se registró un mes antes cuando la niña, con el labio lastimado, le dijo que la madre la había castigado, lo que motivó una consulta ante una Defensoría de Menores comunal, pero el caso fue archivado por “imposibilidad de contacto”, ya que la madre no concurrió a una cita.
El tribunal evaluó constancias de la causa por violencia familiar que tramita en la justicia civil, en la que la menor contó a especialistas que su mamá “se enoja y me pega”, que “un día me dio una piña en la nariz y me salió sangre”, y “me tira el pelo” lo que “me asusta mucho”, pero “no tengo ganas de decirlo”.
Los expertos coincidieron que los dichos eran verosímiles y que “se advierte repercusión emocional vinculada con los sucesos” que la menor refirió, como “angustia, ansiedad y vergüenza”.
Para los camaristas Mauro Divito y Mariano Scotto esas reseñas “brindan mayor credibilidad a los dichos del denunciante y de la damnificada, en relación con las lesiones padecidas por ésta, que a la negativa expuesta por la imputada en su descargo”. (Télam)
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