Agravan calificacion legal en un caso de abuso sexual y ordenan que se fije una nueva pena

La Sala 1 de la Camara Nacional de Casacion en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires modifico y agravo la calificacion legal de una causa en la cual se habia condenado a un hombre a tres años de prision por

Argentina 11 de mayo de 2022 Agencia Télam
La Sala 1 de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) modificó y agravó la calificación legal de una causa en la cual se había condenado a un hombre a tres años de prisión (condicional) por abusar sexualmente de su hija de 12 años y ordenó que se fije una nueva pena.
Los jueces hicieron lugar al recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal porteño, informó el sitio web fiscales.org.ar
En el juicio oral, la jueza Marta Yungano y los magistrados Marcelo Alvero y Carlos Rengel Mirat, del Tribunal Oral en lo Criminal 26, consideraron probado que durante 2010 el hombre abusó “en forma reiterada y en al menos dos oportunidades” de su hija, pero descartaron que los hechos hubieran configurado un sometimiento sexual gravemente ultrajante.
Contra esa decisión, la fiscal del juicio, Diana Goral, y el representante del Área de Asistencia ante la Cámara Nacional de Casación Criminal y Correccional, Carlos Hernán García, presentaron un recurso donde cuestionaron la calificación dictada y el monto de la pena que se le fijó al agresor. Durante el juicio, la fiscalía había solicitado una condena a diez años de prisión.
Ahora, el juez de Casación Jorge Luis Rimondi propuso que se confirme la condena que había pedido la fiscalía contra el padre, pero que la conducta sea calificada como “abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y agravado por haber sido cometido por ascendiente y contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente”.
Además, la Sala 1, también integrada por Gustavo Bruzzone y Eugenio Sarrabayrouse, fijó una prohibición de acercamiento para el acusado por lo que no puede acercarse a menos de 300 metros de la víctima y tampoco puede contactarla por ninguna vía.
En junio de 2019, el TOC 26 había considerado al hombre penalmente responsable por el delito de “abuso sexual simple, reiterado en al menos dos oportunidades y agravado por haber sido cometido por ascendiente y contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente” y lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional.
En la audiencia, en representación de la Unidad Fiscal de Asistencia ante esa Cámara, María Luisa Piqué, concurrió acompañada por la víctima y en su exposición consideró que la sentencia era arbitraria y remarcó que el hombre abusó sexualmente de su hija de 12 años durante todo 2010 mientras estaban dentro de su casa, en el barrio de La Boca.
Por la entidad y repetición de los hechos, consideró que los abusos constituyeron “un sometimiento gravemente ultrajante”. (Télam)
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