Absolvieron a un juez que agravo la condena a una mujer trans por ser extranjera

Un jurado de enjuiciamiento bonaerense absolvio al magistrado Juan Jose Ruiz, acusado de haber emitido un fallo "discriminatorio" al condenar a una mujer trans a cinco años de prision, tomando como agravante su condicion de extranjera, informaron

Argentina 15 de junio de 2022 Agencia Télam
Un jurado de enjuiciamiento bonaerense absolvió al magistrado Juan José Ruiz, acusado de haber emitido un fallo "discriminatorio" al condenar a una mujer trans a cinco años de prisión, tomando como agravante su condición de extranjera, informaron hoy fuentes judiciales.
Ruiz, quien se encuentra suspendido en el cargo que ocupaba en el Tribunal Oral Criminal 1 de La Plata, fue absuelto por el jurado de enjuiciamiento que presidió la titular de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, Hilda Kogan.
La absolución se adoptó "por mayoría" y establece además "el reintegro de sus funciones".
"No se ha logrado tener por acreditada la materialidad infraccionaria imputada", precisa uno de los conjueces al fundar su voto; en tanto otro sostuvo que "no alcanza la acusación a generar en mi la íntima convicción de que el magistrado posee una xenofobia que lo hace pasible de la pena de remoción vitalicia de su cargo".
El hecho por el que fue juzgado Ruiz ocurrió en 2014, tras la detención, en abril de ese año, de Claudia Córdova Guerra, mujer trans de nacionalidad peruana, por el delito de tenencia de estupefacientes para su comercialización, en las calles 4 y 64 de La Plata.
El entonces magistrado del Tribunal en lo Criminal 1 condenó a Córdova Guerra a 5 años y 3 meses de prisión, y contempló como agravante que se trataba de una extranjera.
Ruiz consideró que la capacidad que tiene el Estado de sancionar a los extranjeros que delinquen no es una "violación a los principios de igualdad ante la ley y de no discriminación entre otros" sino "una medida excepcional", avalada por la Constitución "y los tratados internacionales que la integran".
Señaló que, si bien es cierto que "existe el principio de igualdad ante la ley, esto no es tan cierto ni tan absoluto como parece", y citó como ejemplo el artículo 21 de la Constitución, que impone a los argentinos la obligación de armarse en defensa de la Patria, lo que no rige para los ciudadanos por naturalización, quienes son libres de prestar o no ese servicio.
Organizaciones de travestis, transexuales y transgéneros repudiaron el fallo por considerarlo "xenófobo y discriminatorio". (Télam)
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