Postergan el inicio del juicio a un policia que mato de una patada a un hombre en San Cristobal

El tribunal que mañana iba a comenzar a juzgar a un efectivo de la Policia de la Ciudad que derribo de una patada a un hombre que murio al golpear su cabeza en el asfalto en agosto de 2019 en el barrio porteño de San Cristobal, suspendio el inicio

Argentina 05 de septiembre de 2021 Agencia Télam
El tribunal que mañana iba a comenzar a juzgar a un efectivo de la Policía de la Ciudad que derribó de una patada a un hombre que murió al golpear su cabeza en el asfalto en agosto de 2019 en el barrio porteño de San Cristóbal, suspendió el inicio del juicio hasta que se resuelva si se acepta como querellante a otro de los hermanos de la víctima, informaron hoy fuentes judiciales.
Es que Ariel Gómez, que se había presentado como particular damnificado en la causa, falleció en mayo pasado por Covid-19 y el abogado de la familia pidió que sea sustituido por su hermano Eduardo.
Fuentes judiciales informaron a Télam que el pedido de sustitución de querella había sido rechazado tanto por la fiscalía como por la defensa del policía Esteban Armando Ramírez (43), por lo que el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 9 no hizo lugar al pedido formulado por el letrado Ignacio Trimarco.
Ante esa negativa, el abogado Trimarco presentó un recurso de casación, que fue concedido por el TOC 9 y resolvió suspender las audiencias fijadas para el 6, 15 y 27 de septiembre hasta tanto los camaristas resuelvan si aceptan a Eduardo Gómez como nuevo querellante en la causa.
Ramírez (43) iba a comenzar a ser juzgado mañana por el "homicidio preterintencional" en perjuicio de Jorge Martín Gómez (41), un delito que prevé una pena de entre 3 y 6 años de prisión.
El policía llegaba al debate oral en libertad luego de que la Sala VII de la Cámara del Crimen confirmara el procesamiento sin prisión preventiva del imputado por ese delito menor, tal cual había requerido la fiscal Ana Cristina Yacobucci, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional 32.
Sin embargo, el abogado Trimarco, representante de la familia de Gómez, sostendrá en el juicio que el hecho sea encuadrado como un "homicidio con dolo eventual, agravado por ser un miembro de las fuerzas de seguridad", con lo cual Ramírez podría recibir prisión perpetua.
"Estamos expectantes para que comience el juicio y se ventile la realidad de lo sucedido y se haga justicia", dijo a Télam el letrado.
El hecho ocurrió el 20 de agosto, alrededor de las 7.20, en Carlos Calvo al 2600, entre Saavedra y Alberti, donde Gómez interrumpía el tránsito armado con un cuchillo, situación que fue denunciada al 911 por una pasajera de un colectivo.
Según pudo observarse en las imágenes de una cámara de seguridad que captó la secuencia, poco después, a las 7.43, llegaron al lugar dos policías en moto, quienes se acercaron a la víctima -un hombre de gran porte- cuando ocultaba sus manos en la espalda.
Al ver que no deponía la actitud y que avanzaba hacia él, uno de los efectivos -Ramírez- le lanzó una patada al pecho, a raíz de la cual el sospechoso cayó derribado hacia atrás, golpeó su cabeza en el asfalto y, según la autopsia, murió a raíz de ese golpe que le causó un traumatismo craneoencefálico.
"En ese momento no había conducta alguna de alarma, es decir no esperó la respuesta a las órdenes que le había impartido a Gómez cuando le aplicó la patada que provocara que aquel cayera de espalda, situación que en definitiva le provocara la muerte, cuando en principio no debería haber tenido ese desenlace", dijo la fiscal en su requerimiento de elevación a juicio, al que accedió Télam.
El policía había declarado que en un momento de distracción decidió golpearlo con una patada en el abdomen para que "pierda el aire y al doblarse poder reducirlo".
Pero que, contrariamente a lo que esperaba, cayó pesadamente de espalda y que luego de la caída no le pareció que estuviere malherido ya que no tenía sangre, ni síntomas de que se ahogase.
"Las probanzas colectadas en autos, en especial las filmaciones del suceso, en conjunto con las declaraciones de los testigos y la autopsia efectuada por la Morgue Judicial, contradicen su versión", sostuvo la fiscal.
Por su parte, el abogado Trimarco dijo que "el homicidio preterintencional sólo es admisible si el medio empleado por el autor no debía razonablemente ocasionar la muerte".
De acuerdo al querellante, "sin lugar a dudas, el imputado Ramírez debió asumir como cierta la posibilidad de acabar con la vida de Gómez, al efectuarle un golpe de semejante entidad, a una persona que no ejercía resistencia alguna y se encontraba en estado de embriaguez". (Télam)
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