La dos veces presidenta recibió a la senadora Celeste Giménez Navarro, una de las que votó en contra, en sus oficinas ubicadas en el Instituto Patria.
Tras el fallo, advierten que llama la atencion que la Corte se arrogue competencias legislativas
El jurista Raul Gustavo Ferreyra, miembro del consejo consultivo que asesoro al presidente Alberto Fernandez en el diseño del proyecto de reforma judicial, sostuvo hoy que "llama la atencion" que la Corte Suprema "disponga un regimen de transicion"
Política 16 de diciembre de 2021 Agencia Télam"La configuración del Consejo de la Magistratura, es decir, el dictado de la ley especial que determina su integración y las funciones de sus miembros, es una competencia exclusiva, excluyente, insuperable e indelegable del Congreso", sostuvo Ferreyra en declaraciones a Télam.
El jurista señaló que, por ese motivo, "llama la atención que la Corte disponga, por mayoría de sus miembros, un régimen de transición para el Consejo de la Magistratura que se extendería desde abril de 2022 hasta que el Congreso, en caso de que suceda, elabore una ley especial y el Presidente la promulgue".
"Este régimen de transición, que, repito, no se sabe cuánto durará en el tiempo, se involucra en una cuestión eminentemente política a cargo del Congreso para el dictado de la ley especial, pero lo decide la Corte Suprema al arrogarse competencias legislativas", analizó.
Ferreyra indicó además que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia "implicará, en el corto plazo, que el presidente del máximo tribunal", en referencia a Horacio Rosatti, "asuma la presidencia del Consejo de la Magistratura, y esto sucederá dentro de 120 días".
"No se encuentra previsto en la Constitución federal que la presidencia del Consejo de la Magistratura deba recaer en el presidente de la Corte Suprema de Justicia", añadió.
La Corte Suprema de Justicia declaró hoy inconstitucional la ley del Congreso que redujo los miembros del Consejo de la Magistratura de 20 a 13 en 2006, encargó al Parlamento una nueva ley que lo regule y concedió un plazo de 120 días corridos para que se elijan a los nuevos miembros.
Por unanimidad, el máximo tribunal definió, 15 años después, que la composición no respeta el "equilibrio" de los sectores que seleccionan, sancionan y eventualmente remueven magistrados, y dispuso que el Congreso cree una normativa que lo regule y el Consejo vuelva a integrarse en 20 si la la ley no se sanciona antes de los 120 días corridos.
(Télam)
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