Rechazan intervencion del maximo tribunal porteño en recusacion a la fiscal Boquin

La Camara Nacional en lo Comercial rechazo un planteo para que se diera intervencion al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires en el tramite de recusacion de la fiscal Gabriela Boquin en el expediente sobre el concurso

Política 11 de febrero de 2021 Agencia Télam
La Cámara Nacional en lo Comercial rechazó un planteo para que se diera intervención al Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (Tsjcba) en el trámite de recusación de la fiscal Gabriela Boquín en el expediente sobre el concurso preventivo del Correo Argentino, una firma ligada al grupo Macri, confirmaron hoy fuentes judiciales.
La Sala B de la Cámara sostuvo que “el recurso de inconstitucionalidad interpuesto” por Socma Americana S.A. como accionista de la concursada “no se encuentra previsto en la normativa del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación, de aplicación a la materia y litigios ventilados en este fuero”.
El planteo de Socma, pidiendo que la cuestión fuera definida por el Tsjcba, tuvo lugar luego que a mediados de noviembre de 2020 la Sala B de la Cámara rechazara, por extemporáneo, la solicitud de apartar a la fiscal, a quien la empresa le atribuye una "cuestión personal" y “animosidad manifiesta” contra el Correo Argentino.
Entonces el tribunal de segunda instancia concluyó que la presentación de Socma Americana SA (medio centenar de carillas con documentación sobre las supuesta “parcialidad” de Boquín) fue “tardía” porque, de acuerdo a las normas procesales, debió plantearla hace un año y medio.
Contra esa resolución, Socma argumentó que la Constitución Nacional y normas locales le otorgan jurisdicción al Tribunal superior de la Ciudad e interpuso el recurso de inaplicabilidad de la ley que, por ser ajeno a la “materia” y a “la específica cuestión concursal de este proceso”, las camaristas Matilde Ballerini y María Gómez Alonso negaron “en forma liminar”, sin sustanciarlo.
En la resolución de tres meses atrás las mismas magistradas habían considerado “inadmisible” la recusación contra Boquín, al considerar que, de acuerdo a las normas vigentes, “los funcionarios del Ministerio Público Fiscal no se encuentran entre los sujetos pasibles de aplicación del mentado instituto”, que es aplicable a los jueces.
En sus intervenciones Boquín se expidió repetidas veces en forma contraria a los intereses de las desplazadas autoridades del Correo Argentino que respondían al grupo Macri, una de las últimas de ellas en julio de 2020, cuando se opuso a un recurso extraordinario contra la apertura del procedimiento de “salvataje” de la empresa.
La decisión de iniciar el proceso de “crandown”, previsto en la Ley de Concursos y Quiebras (LCQ), había sido confirmada un año atrás por la Sala B de la Cámara, pero las autoridades de la empresa plantearon entonces la arbitrariedad de la resolución.
"¿Cuántas veces pretende la deudora que se decida la apertura del registro del salvataje por no haberse reunido las conformidades?” de los acreedores, preguntó entonces la fiscal de cámara en su escrito presentado vía digital ante el tribunal de segunda instancia.
En esa ocasión Boquín recordó que el procedimiento de salvataje había sido ordenado en la sentencia del 27 de octubre de 2004” y puntualizó que debido a un trámite judicial “extenso” y “tergiversado”, la decisión del 19 de diciembre de 2019 “vino a confirmar” el fallo del 18 de marzo de 2010.
Antes, Boquín había dictaminado que durante 15 años Correo Argentino “perpetró actos de gravedad ligados al vaciamiento de la empresa”, y que utilizó el proceso como una “herramienta para defraudar a la ley y los derechos de los acreedores”, por lo que solicitó y obtuvo que hace algo menos de un año se designaran interventores judiciales.
Entre las supuestas anomalías Boquín mencionó, además del “vaciamiento”, “la presentación de acuerdos fraudulentos para obtener la homologación del acuerdo preventivo”, el “pago de cifras millonarias en concepto de honorarios” y “montos elevadísimos” como “anticipos al directorio”. (Télam)
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