Ordenan al Gobierno porteño que suspenda reprogramacion de tareas para madre en periodo de lactancia

La juez porteña Elena Liberatori ordeno al Gobierno de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires que suspenda la reprogramacion de la jornada laboral asignada una enfermera y se respeten sus dias de trabajo, los sabados, domingo y feriados, en el

Política 28 de enero de 2021 Agencia Télam
La juez porteña Elena Liberatori ordenó al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) que suspenda la reprogramación de la jornada laboral asignada una enfermera y se respeten sus días de trabajo, los sábados, domingo y feriados, en el hospital de Niños Ricardo Gutiérrez.
Se trata del caso de M.E.C.N., en período de lactancia, a quien le cambiaron sus jornadas de trabajo como 'franquera' en el sector de Terapia Intensiva en el centro asistencial, con régimen Sadofe (Sábados, Domingos, Feriados y Asuetos), por días hábiles de la semana.
La mujer interpuso una acción de amparo con pedido de medida cautelar y en la presentación planteó que es madre de dos niños, de siete años y de seis meses de edad, los que no pueden ser cuidados por su pareja, quien por ser “personal policial”, cumple tareas “esenciales” según las normas vigentes por la pandemia de Covid-19.
La enfermera afirmó que no puede dejar los pequeños al cuidado de vecinos, quienes trabajan los “días hábiles”, ni está en condiciones de pagar a una niñera.
Por esas razones, continuó la enfermera cuyas iniciales son M.E.C.N., si se mantuviera la reprogramación dispuesta por el Gobierno de Horacio Rodríguez Larreta ella debería concurrir al Hospital Gutiérrez con sus hijos, con el riesgo que ello entrañaría para la salud de ambos, advirtió en la acción de amparo.
Además, M.E.C.N. expuso que semanas atrás, cuando retomó el servicio, sin que hubiera recibido notificaciones previas, en el libro de asistencia del hospital figuraba como ausente el martes 5 y el miércoles 6 de enero de 2021, y que verbalmente le dijeron que seguirían computándoles faltas, lo que le generó una situación de “angustia” por eventuales sanciones y cesantía.
“Resulta evidente que las circunstancias de la reprogramación a días hábiles efectuada por el GCBA, con base en la Resolución 499/2020, en la actualidad afectan seriamente a la actora en la medida en que se encuentra en período de lactancia y por las demás circunstancias relatadas” por la enfermera, remarcó la jueza Liberatori.
La magistrada consideró que la facultad del GCBA de cambiar condiciones laborales de quienes prestan servicios de salud en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronarivus, “debe ser evaluada con mayor estrictez en este caso en particular, por tratarse de una trabajadora que se encuentra en uso del descanso diario por lactancia”.
La jueza destacó también que las normas de protección a la maternidad fueron establecidas “para responder a necesidades fisiológicas (incluso médicas y psicológicas) inherentes al menor y su madre, por lo que nada permite que el empleador pueda oponer cuestiones atinentes al empleo de que se trata para entorpecer el libre ejercicio” de esos derechos. (Télam)
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