Legislatura de Catamarca aprobo proyecto para la compra de vacunas contra la Covid-19

El Senado de Catamarca dio por unanimidad sancion definitiva hoy al proyecto que autoriza a la Provincia a adquirir vacunas contra la Covid-19, durante su tercera sesion ordinaria del año, celebrada bajo la modalidad virtual y con tratamiento sobre

Política 27 de mayo de 2021 Agencia Télam
El Senado de Catamarca dio por unanimidad sanción definitiva hoy al proyecto que autoriza a la Provincia a adquirir vacunas contra la Covid-19, durante su tercera sesión ordinaria del año, celebrada bajo la modalidad virtual y con tratamiento sobre tablas.
La flamante ley 5690 faculta a los ministerios de Salud y de Hacienda Pública a iniciar las negociaciones y celebrar los contratos -incluso en moneda extranjera, previo informe fundado de la autoridad sanitaria provincial- necesarios para la adquisición de vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19 (SARS CoV2)”.
La ley también prevé que el Poder Ejecutivo provincial, a través del Ministerio de Salud y Hacienda Pública, “emitirá todos los actos administrativos previos y posteriores tendientes al efectivo cumplimiento, modificación de términos e inclusión de otras cláusulas acordes al mercado internacional de la vacuna para su adquisición”.
A su vez, señala que “los contratos de adquisición de vacunas, como así también la documentación complementaria y contratos vinculados a su eventual financiamiento, deberán contar con la intervención previa de Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado”.
En otro de sus artículos, la ley prevé “la creación de una Comisión Bicameral de seguimiento, fiscalización y control de todos los actos administrativos que se ejecuten durante la vigencia de la presente Ley".
Finalmente, sostiene que “los contratos aprobados deberán ser informados a la Comisión Bicameral de Seguimiento, fiscalización y control, con los recaudos correspondientes a los fines de respetar las cláusulas de confidencialidad que pudieran incluirse, en tanto, el Poder Ejecutivo deberá informar por escrito cada 60 días a dicha comisión sobre toda adquisición, entrega y seguimiento de las vacunas obtenidas en el marco de las autorizaciones realizadas en la presente ley”.
En sus fundamentos, el cuerpo deliberativo señaló que entendiendo a la vacunación como “una estrategia de salud pública preventiva, altamente efectiva y considerada como bien social", y priorizando el cuidado de la vida en la pandemia, se facultó a la Provincia a iniciar negociaciones y celebrar los contratos -incluso en moneda extranjera, previo informe fundado de la autoridad sanitaria provincial- necesarios para la adquisición de vacunas, con eximición del pago de tasas e impuestos establecidos por la ley impositiva vigente”.
(Télam)
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