La Justicia ratifica el fallo que impugna la postulacion de un candidato a jefe comunal en Cordoba

La Justicia electoral de Cordoba resolvio hoy ratificar una sentencia que, en primera instancia, habia resuelto que el actual jefe comunal de la localidad cordobesa de Villa Ciudad Parque, Pablo Riveros, estaba impedido juridicamente para

Política 23 de mayo de 2023 Agencia Télam
La Justicia electoral de Córdoba resolvió hoy ratificar una sentencia que, en primera instancia, había resuelto que el actual jefe comunal de la localidad cordobesa de Villa Ciudad Parque, Pablo Riveros, estaba impedido jurídicamente para presentarse en una nueva reelección, al entender que ya cumplió las dos gestiones que establece como límite la ley electoral local.
Entre 2015 y 2019, Riveros fue miembro de la Comisión Comunal y, según la Ley Electoral 10.406, esa función cuenta como una gestión, ya que tiene el mismo status que la del gobernador, vice, legislador, concejal y tribunos de cuentas, por lo tanto "pueden ser reelegidos en forma consecutiva por un solo período".
En diciembre de 2019, Riveros fue elegido jefe comunal, cargo que ejercerá hasta diciembre de este año.
Aspiraba a un segundo mandato, al entender que la función que ocupó como miembro de la Comisión Comunal no era ejecutiva y no podía compararse con la de un intendente ni de un concejal, por lo tanto había planteado ante la Justicia que se tenía que hacer una "interpretación amplia para subsanar ese error jurídico".
Riveros, con su lista Unión Vecinal, afín al kirchnerismo, se había propuesto para continuar por un nuevo período al frente de la comuna Villa Ciudad Parque en las elecciones del 4 de junio, y su aspiración fue impugnada por el Frente Cívico que, en Córdoba, integra la coalición de Juntos por el Cambio (JxC).
A raíz del conflicto judicial, Riveros dejó sin efecto la fecha del 4 de junio y estableció como nueva fecha el 23 de julio, modificación que también fue rechazada por la Justicia electoral y dejó en firme la primera convocatoria del 4 de junio.
"Han precluido las etapas preelectorales, incluidas las oficializaciones de listas", sostiene el fallo al rechazar el cambio de fecha de elecciones y recordó que "las vías recursivas que pudieran estar en trámite no tienen efectos suspensivos".
En ese sentido insta reubicar las candidaturas ya oficializadas en las listas, respetando la proporcionalidad de género, tanto en los titulares como en los suplentes.
Las elecciones provinciales se realizarán el 25 de junio, con 11 listas que competirán para elegir gobernador y vice, 70 legisladores y tres miembros para el Tribunal de Cuentas, y se utilizará el sistema de Boleta Única de Sufragio (BUS), un solo papel con todas las candidaturas y las preferencias se marcan con tilde de lapicera.
En forma simultánea, en esa fecha habrá comicios para renovar autoridades en 227 municipios y comunas del total de 427 que conforman la geografía provincial.
En tanto, otros 380 municipios y comunas renovarán autoridades en ocho fechas diferentes entre mayo y julio, como es el caso de Villa Ciudad Parque, del departamento de Calamuchita. (Télam)
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