Juez rechaza habeas corpus y sostiene que decretos del Poder Ejecutivo no son inconstitucionales

El juez en lo Criminal y Correccional Diego Slupsky rechazo un pedido de “habeas corpus” presentado contra las restricciones ambulatorias para prevenir la pandemia de Covid-19 y sostuvo que los decretos de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo

Política 29 de abril de 2021 Agencia Télam
El juez en lo Criminal y Correccional Diego Slupsky rechazó un pedido de “hábeas corpus” presentado contra las restricciones ambulatorias para prevenir la pandemia de Covid-19 y sostuvo que los decretos de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo "no son inconstitucionales", informaron hoy fuentes judiciales.
La decisión fue tomada ayer tras una audiencia realizada por el sistema de videoconferencia, a la que había sido citados una docena de denunciantes, el Poder Ejecutivo Nacional (PEN), representantes de varias provincias, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el fiscal Lucio Herrera.
Según indicaron voceros del Poder Judicial, el magistrado consideró que los decretos de necesidad y urgencia (DNU), firmados por el presidente Alberto Fernández, -entre ellos el 735/21 y el 740/21- en el contexto de la “emergencia sanitaria” por la pandemia de Covid-19, no son inconstitucionales.
El juez evaluó, además, el contexto de pandemia en el que las normas presidenciales fueron dictadas y las facultades para disponerlas por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
La decisión sobre las zonas de restricciones ambulatorias “y dentro de cada una de ellas, los habilitados a circular excepcionalmente en el horario restringido, no se estima como irrazonable ni arbitraria, ya que, está fundada en motivos de salud pública y dispuestos por la autoridad de aplicación”.
El magistrado agregó que, “en este contexto de excepcionalidad, también debe mencionarse que, de acuerdo a lo que surge de la propia normativa, e incluso lo que se acreditó en el caso a través de la documentación incorporada”, el PEN remitió en las mismas fechas de su sanción los decretos “a consideración del Congreso de la Nación para su tratamiento por parte de la Comisión respectiva”.
Por eso, afirmó Slupsky, “demuestra que se han respetado las exigencias de las normas constitucionales”.
Slupsky actúa en esta causa como subrogante en el juzgado en lo criminal 14, donde se acumularon una docena de casos de “hábeas corpus” por el dictado de los DNU que, a partir del 297/2020 del 19 de marzo de 2020, tras la declaración de “emergencia sanitaria”, restringieron la circulación para evitar el contagio del coronavirus.
La audiencia celebrada ayer fue ordenada tras la intervención de la Sala VI de la Cámara Nacional en lo Criminal, tribunal al que volvería el expediente si, como adelantó uno de los litigantes, se apela la resolución dictada en las últimas horas.
Entre los particulares y abogados que plantearon los hábeas corpus figuran Lucas Bruno, Alan Riedmaier, Flavia Collado, Beatriz Albertelli, Antonio Fratamico, Javier Areco, Esteban Pablo Barila, Lautaro Massimino, Mariela Diana Blanco, Damián Alberto Pedraza, Sonia Marles Genacio e Isaac Wieder. (Télam)
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