Establecen parámetros obligatorios de calidad para servicios de atención a distancia

Más detalles en la nota.

Política 12 de octubre de 2021 Agencia Noticias Argentina
La Secretaría de Comercio Interior estableció hoy los parámetros mínimos obligatorios de calidad que deberán observar las grandes empresas en sus canales de atención a distancia.

La decisión se formalizó por medio de la Resolución 1033/2021, publicada en el Boletín Oficial, una de las últimas que firmó la secretaria Paula Español, que fue reemplazada por Roberto Feletti.

Se trata de los "Parámetros Mínimos Obligatorios de Calidad para los Servicios de Atención y Comunicación a Distancia" que brindan los proveedores de bienes y servicios, con excepción de las micro, pequeñas y medianas empresas.

Roberto Feletti.

Esos servicios son los que se prestan de manera telefónica, por correo postal o en el entorno digital, a través de páginas web, aplicaciones, chats y redes sociales, entre otros.

Ahora, los proveedores tendrán un plazo de seis meses -a partir de este martes- para que adapten sus servicios de atención al consumidor de acuerdo con lo establecido en la Resolución.

El incumplimiento será sancionado conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, advirtió Comercio Interior. Entre otros puntos, el servicio de atención al consumidor deberá permitir a éste: NA
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