Declaran nulidad del cierre de la causa por atentado a comedor de Coordinacion Federal

La Camara Federal porteña declaro hoy la nulidad del cierre por prescripcion de la investigacion por atentado de la organizacion Montoneros al comedor de Coordinacion Federal de la Policia Federal, ocurrido en los primeros meses de la ultima

Política 09 de junio de 2022 Agencia Télam
La Cámara Federal porteña declaró hoy la nulidad del cierre por prescripción de la investigación por atentado de la organización Montoneros al comedor de Coordinación Federal de la Policía Federal, ocurrido en los primeros meses de la última dictadura cívico militar, cuando la detonación de un explosivo causó la muerte de 24 personas y heridas a más de 60.
La decisión fue de la sala I del Tribunal de Apelaciones con los votos de los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens, quienes ordenaron a la jueza del caso, María Servini, dictar una nueva resolución contemplando aspectos que dejó de lado al cerrar el caso, según el fallo al que tuvo acceso Télam.
El 2 de julio de 1976 a las 13.20 un "poderoso artefacto explosivo" detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal (también conocida como Coordinación Federal), ubicada en la calle Moreno 1431 de la ciudad de Buenos Aires, donde -en algunos de los pisos del edificio- funcionó uno de los centros clandestinos de detención montados en el marco del ejercicio del terrorismo de Estado por parte del régimen.
La investigación del atentado cometido por Montoneros fue cerrada por Servini, quien consideró prescripto el delito por no tratarse de un hecho de lesa humanidad.
Esta decisión fue declarada nula ahora por la Cámara, porque según se argumentó que hubo "omisión de valorar circunstancias y elementos conducentes para la solución del caso, que podrían vincularse
estrechamente con lo que ha sido materia de decisión"
Por eso, el tribunal consideró que se trató de una decisión tomada con "arbitrariedad" en base a doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
"La magistrada instructora no ha ponderado todas las aristas que se desprenden de la
impugnación formulada y que pueden estar relacionadas con la pesquisa", agregaron los jueces en la resolución.
Y en ese sentido, se agregó que "fundamentalmente, no se ha considerado el planteo sobre el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas", se advirtió en este fallo.
"Tampoco (la magistrada) pudo evaluar lo requerido por la parte conforme las aristas que el caso proyecta. Esto, en cuanto a la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de
guerra, con los nuevos elementos propuestos; o un posible caso de grave violación a los derechos humanos", analizaron además los camaristas.
"En conclusión, la resolución (de Servini) es inválida porque prescindió considerar cuestiones previas y expresamente introducidas en derredor de la maniobra denunciada, las cuales necesariamente
había que merituar para dar una respuesta suficiente", se concluyó
Los jueces aludieron a "vicios trascendentes" en la decisión de Servini de cerrar la causa que la afectan "como acto jurisdiccional válido".
Ante ello, y " a efectos de que se agoten todas las hipótesis posibles que permitan afrontar un hecho como el contenido en esta causa, corresponde declarar la nulidad del decisorio y devolver las actuaciones a la anterior instancia para que se proceda conforme lo indicado".
Servini declaró prescripto el caso el 18 de noviembre de 2021 y esa decisión fue apelada por los pretensos querellantes, ante el rechazo "in limine" de un planteo de reapertura de la investigación y juzgamiento de los hechos denunciados.
Los denunciantes en esta causa son la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, la Asociación “Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica”, Eduardo Emilio Kalinec (condenado por delitos de lesa humanidad) y Alicia de León, quienes pidieron además ser considerados como querellantes en su condición de "víctimas directas".
En tanto, Bertuzzi y Bruglia son los magistrados que, en 2016, fueron traslados desde el Tribunal Oral 4 a la Sala I de la Cámara Federal a través de un decreto del entonces presidente Mauricio Macri, una decisión tomada sin que se hiciera un concurso ni tampoco requerir el acuerdo del Senado, como marca la Constitución.
Esa medida derivó en una causa judicial en la que la Corte Suprema de Justicia le ordenó al Consejo de la Magistratura convocar a un concurso para cubrir de manera definitiva ambos cargos, un trámite que actualmente se encuentra en curso en ese cuerpo, a la espera de la aprobación de las ternas conformadas para los dos lugares. (Télam)
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