Confirman rechazo de beneficio legal a sucesores de custodio asesinado en 1974

La Justicia Federal confirmo el rechazo a la solicitud de los herederos del custodio asesinado en 1974 Florencio Mario Fernandez, quienes reclamaban cobrar la indemnizacion economica legal para las victimas de grupos parapoliciales que actuaron

Política 01 de octubre de 2021 Agencia Télam
La Justicia Federal confirmó el rechazo a la solicitud de los herederos del custodio asesinado en 1974 Florencio Mario Fernández, quienes reclamaban cobrar la indemnización económica legal para las víctimas de grupos parapoliciales que actuaron antes y durante la dictadura cívico-militar, se informó este viernes en Tribunales.
Según constancias del expediente, la causa por la muerte de Florencio Mario Fernández, asesinado en Bahía Blanca el 27 de noviembre de 1974, había sido iniciada por su viuda, Ana Zulema Rodríguez, y luego de su fallecimiento, a principios de 2021, fue seguida por sus hijos.
La mujer, en su presentación judicial, había atribuido a la Triple A el asesinato de su esposo, realizado con un disparo de arma de fuego cuando se hallaba en una parada de ómnibus.
Aunque la causa penal había sido archivada como "homicidio no resuelto", la viuda reclamó el beneficio que estableció la ley reparatoria 24.411/94 para los herederos de personas en condición de desaparición forzada o asesinadas "como consecuencia del accionar de las FFAA, de seguridad o de cualquier grupo paramilitar" en el que tuviera injerencia el Estado con anterioridad al 10 de diciembre de 1983.
Al avanzar la causa, la Justicia Federal solicitó al Ministerio de Justicia que realizara un informe técnico sobre las circunstancias de la muerte de Fernández desde la Secretaría de Derechos Humanos y el primer relevamiento, en 2017, aconsejó el rechazo de la solicitud, lo que fue ratificado en 2018 con un dictamen de área jurídica.
Finalmente, en septiembre de 2020, el Ministerio de Justicia dictaminó negar el pago del beneficio económico al plantear que "el fallecimiento del causante fue producto de un ataque producido y autoatribuido por la organización Montoneros, en represalia y venganza por cuestiones políticas y gremiales", por lo que no podía ser atribuido al Estado.
En esa resolución, además, se consignó que el custodio Fernández "era guardaespaldas del (fallecido) diputado (nacional) y delegado de la CGT de Bahía Blanca Rodolfo Ponce, quien era conocido públicamente como integrante de la Triple A, lo cual torna inverosímil la manifestación de la solicitante".
Disconforme, la mujer llevó el reclamo a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, donde expuso que "existieron obstáculos para el esclarecimiento del asesinato" de su esposo y pidió que, por el beneficio de la duda, se le debía conceder la reparación económica establecida por la ley 24.411/94.
Sin embargo, la Sala IV de esa Cámara determinó en el fallo que se conoció este viernes que "no se advierte que se haya reconocido por resolución judicial o administrativa la participación estatal en el asesinato del señor Fernández", como "tampoco se configura la presunción" de la actuación de las FFAA, de seguridad o de algún grupo paramilitar con intervención del Estado, como la Triple A.
"La presunta falta de diligencia del juzgado penal interviniente (en la causa penal) no es suficiente para poner en duda la autoría del grupo terrorista ni para sostener la participación estatal", consignó el fallo firmado por los camaristas Marcelo Duffy, Jorge Morán y Rogelio Vincenti. (Télam)
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