Casacion revoco la prescripcion de una causa por apropiacion de niños en la dictadura

La Camara Federal de Casacion Penal revoco el sobreseimiento por prescripcion de la causa de un exfuncionario de Fabricaciones Militares sospechado de la apropiacion de tres niños durante la ultima dictadura militar, informaron hoy fuentes

Política 08 de febrero de 2021 Agencia Télam
La Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento por prescripción de la causa de un exfuncionario de Fabricaciones Militares sospechado de la apropiación de tres niños durante la última dictadura militar, informaron hoy fuentes judiciales.
Los hechos involucran a tres niños -un varón y dos mujeres- inscriptos como propios por el imputado en 1976 y 1977, los cuales se sospecha que podrían ser hijos de víctimas del terrorismo de Estado impuesto por la dictadura, dijeron las fuentes.
La medida de la Sala IV de Casación, integrada por los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, hizo lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la parte querellante (una de las presuntas víctimas) y dejó sin efecto la resolución de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín que había revocado la de primera instancia y había dictado el sobreseimiento por prescripción de la acción penal.
Los jueces de Casación sostuvieron que en el estado en que se encuentra el proceso (etapa de instrucción), "no es posible descartar que los hechos investigados estén vinculados a la práctica sistemática de robo de bebés que tuvo lugar durante la última dictadura, teniendo en cuenta la fecha y concretas circunstancias de la recepción e inscripción registral de los tres niños por el imputado".
El delito de apropiación de menores, como otros crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura, son imprescriptibles.
Asimismo, los magistrados recordaron que "el material disponible en el Banco Nacional de Datos Genéticos se va ampliando con el paso del tiempo a partir de las muestras de familiares de víctimas de desaparición forzada que se van obteniendo".
Destacaron que "el resultado negativo del cotejo con las muestras aportadas por las víctimas de este caso no es decisivo para desechar la hipótesis acusatoria de que puedan ser hijos de desaparecidos".
Los jueces consideraron aplicable "el principio de imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad para afirmar la vigencia de la acción penal, en concordancia con precedentes relevantes en la materia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Sala IV de la Cámara interviniente". (Télam)
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