Casacion anula condenas a responsables de custodiar al fallecido represor Febres

La Cámara Federal de Casación Penal anuló condenas a cuatro responsables de custodiar al detenido represor Héctor Febres, encontrado muerto en su celda de la delegación Delta de Prefectura Naval en el 2007.

Política 03 de junio de 2021 Agencia Télam
La Cámara Federal de Casación Penal anuló condenas a cuatro responsables de custodiar al detenido represor Héctor Febres, encontrado muerto en su celda de la delegación Delta de Prefectura Naval en el 2007.
El máximo tribunal penal federal del país ordenó a un Tribunal Oral establecer si los delitos prescribieron por el paso del tiempo, según el fallo al que tuvo acceso Télam.
Los camaristas Liliana Catucci, Juan Carlos Gemignani y Eduardo Riggi decidieron "anular" el veredicto que condenó a los por entonces efectivos de Prefectura considerados responsables por irregularidades en las condiciones en que Febres cumplía su prisión preventiva en un "camarote" de la Prefectura Naval zona Delta, donde fue encontrado muerto el 10 de diciembre de 2007.
Los miembros de Casación ordenaron al Tribunal Oral Federal 1 de San Martín que llevó adelante el juicio analizar "la vigencia de la acción penal, respecto de todos los procesados"
Febres apareció muerto en su celda días antes de pronunciar sus últimas palabras en el juicio oral que se le seguía por delitos de lesa humanidad en la ESMA y pericias toxicológicas determinaron que falleció tras ingerir cianuro.
El 7 de diciembre de 2018, los prefectos fueron condenados en un juicio oral por ser encontrados responsables de distintas irregularidades, como la falta de registración de las visitas que recibía el represor o las condiciones de libre tránsito de las que gozaba en el lugar, donde pasó ocho años con prisión preventiva.
Febrés tenía además la llave de su "camarote", una computadora, acceso a internet y a un teléfono celular, además de recibir visitas de amistades para cenas en fines de semana y hacer sus encargos de comida de manera directa por "delivery".
Uno de los condenados es Rubén Iglesias, a tres años de prisión en suspenso y el pago de una multa de 750 pesos como "autor penalmente responsable de los delitos de falsedad ideológica de documento público, omisión de deberes del oficio y peculado, los dos primeros en concurso ideal entre sí".
También se condenó a José Luis López, a dos años de prisión en suspenso y a Roberto Elías Cherey y Victor Sosa.
Estos dos últimos recibieron como pena el pago de una multa de 750 pesos por el delito de "omisión de deberes del oficio".
Según se recordó en el fallo de Casación, en el juicio oral se dio por probado que hubo irregularidades en las condiciones de detención de Febres, a las que se calificó de "escandalosas" en el veredicto.
Los acusados sostuvieron en su defensa que cumplieron "órdenes" que se dieron de manera "verbal" y no consideraron "ilegitimas" y que Febres estuvo ocho años alojado con prisión preventiva en un lugar que "no era destinado ni acondicionado para alojar detenidos"
"Se tuvo por probado que ya desde el año 2002 existía una orden para que las visitas no fueran registradas en los libros ni controladas", se recordó en el fallo.
Casación sostuvo que debe examinarse la eventual prescripción de los delitos.
En particular por la situación del condenado Sosa "quien al momento del suceso se desempeñaba como Oficial Principal, Jefe de la Sección Guardia de la División de Operaciones de la Zona Delta de la Prefectura Naval Argentina, Inspector Técnico en el área de máquinas y Secretario de instrucción de sumarios administrativos".
Esas funciones "no son indicativas de la posibilidad de ejercer influencia y obstan el ejercicio de la acción penal. Ese déficit en la argumentación del pronunciamiento que se replica respecto de los delitos imputados a los restantes procesados y de las normas que rigen la prescripción, dejan huérfano de sustento la resolución recurrida", concluyeron los camaristas. (Télam)
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