¿Qué pasa si no figuras en el padrón electoral?

Entérate hasta cuándo era el plazo para reclamar.

Legislativas 12 de noviembre de 2021 Redaccion GLP
Para poder sufragar es necesario estar registrado en el padrón electoral que elabora el Ministerio del Interior. De lo contrario, no podrá emitirse el voto.

Ahora bien, ¿Qué pasa con aquellos que no estén registrados? La Cámara Nacional Electoral dispuso de un plazo para reclamar este inconveniente: “Los votantes estarán facultados para pedir, hasta veinte (20) días antes del acto comicial, que se subsanen los errores y omisiones existentes en el padrón”, indica el artículo 33 del Código Nacional Electoral.

“Ello podrá hacerse personalmente o por carta certificada con aviso de recepción, en forma gratuita, y los jueces dispondrán se tome nota de las rectificaciones e inscripciones a que hubiere lugar en los ejemplares del juzgado, y en los que deben remitir para la elección al presidente de los comicios”.
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