Vallejos denuncia las ilegalidades del endeudamiento del macrismo

Las emisiones de deuda llevadas a cabo por el Gobierno de Mauricio Macri no tuvieron en cuenta la capacidad de repago del país y la prohibición de utilizar los recursos obtenidos para gastos corrientes, concluyó un análisis de la economista y

Economía 04 de marzo de 2021 Agencia Télam
Las emisiones de deuda llevadas a cabo por el Gobierno de Mauricio Macri no tuvieron en cuenta la capacidad de repago del país y la prohibición de utilizar los recursos obtenidos para gastos corrientes, concluyó un análisis de la economista y diputada nacional Fernanda Vallejos.
Además, destacó que el endeudamiento contraído por la administración macrista con el Fondo Monetario Internacional (FMI) no pasó por el Congreso ni cumplió con los requisitos elementales para celebrar un acto administrativo.
"El Plan Criminal de la Deuda durante el Gobierno de Macri", es el nombre del informe elaborado por Proyecto Económico, centro de estudios que conduce Vallejos y del cual participaron la economista Inés Juárez y sus pares Horacio Rovelli, Federico Vaccarezza y Ricardo Rotsztein.
El informe remarcó que "una vez más, la fuga de capitales -y no la inversión productiva en proyectos de infraestructura o desarrollo- ha sido el destino final de los fondos obtenidos por aquel Gobierno mediante la vía del endeudamiento externo".
Precisó que "para el periodo 2015-2019, el Balance Cambiario del Banco Central muestra una Formación de Activos Externos (FAE, neta) superior a los US$ 88.000 millones; en tanto la contabilidad del Indec, a través del Balance de Pagos, da cuenta de que los activos externos del sector privado no financiero superaron los US$ 103.000 millones".
"No es difícil concluir que los principales fugadores de esta etapa, se han visto favorecidos por el escandaloso proceso de endeudamiento externo reiniciado por el Gobierno de Mauricio Macri, generando además un daño adicional al fisco, debido a los cuantiosos recursos fiscales evadidos", indicó el análisis.
Subrayó que "la toma de esta deuda, tan dañina para el país, se hizo al margen de lo que prescriben las normas vigentes, motivo por el cual debe ser revisada jurídicamente para determinar la responsabilidad civil y penal que les pudiera corresponder a los funcionarios públicos a cargo".
De acuerdo con el informe, "los prospectos de emisión de los bonos de deuda externa deben ser sometidos a una exhaustiva investigación judicial por varios motivos".
Uno de ellos es que "las emisiones de deuda no tuvieron en cuenta el impacto en la balanza de pagos", y el reporte aseguró que "en aquellos años estas cuentas reflejaban que el país se encaminaba directamente hacia una crisis de solvencia en relación con los compromisos de pago asociados con la deuda externa que iba contrayendo".
Al respecto, indicó que "el Tesoro Nacional no desconocía estos resultados negativos desde el punto de vista del equilibro de la balanza de pagos", y subrayó que "sin embargo, las autoridades políticas continuaron el camino del endeudamiento externo, omitiendo cumplir las previsiones legales de la Ley de Administración Financiera".
En segundo término, el análisis aseguró que “el destino del crédito externo violó la prohibición expresa de utilizar los recursos originados en deuda externa con fines de financiar gastos corrientes”.
En ese sentido, puntualizó que "el Gobierno de Macri utilizó la deuda para financiar su campaña política, tal como quedó evidenciado en las operaciones de venta masiva de dólares que el BCRA realizó para contener la escalada de la divisa".
En cuanto al crédito stand by con el FMI, el informe afirmó que "incumplió los procedimientos legales para su constitución", y puso de relieve que "el Poder Ejecutivo Nacional eludió la obligación de requerir autorización previa al Congreso".
El análisis precisó que "desde que se produjo el primer desembolso a mediados de 2018 y hasta noviembre de 2019, próximo a la finalización del mandato del anterior gobierno, la fuga de capitales del país superó en más de US$ 6.000 millones a la totalidad de los desembolsos realizados por el organismo, a contramano de lo taxativamente prohibido por el estatuto constitutivo del FMI en su artículo VI".
(Télam)
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