Las empresas intimadas a dar marcha atrás con las subas ya son 23.
Oficializan la extensión de Precios Máximos hasta el 15 de mayo
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Economía 31 de marzo de 2021 Agencia TélamA través de la resolución 281/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, la dependencia que conduce Paula Español prorrogó por 45 días el programa sin cambios en las condiciones, ya que ni se autorizan nuevos aumentos, ni se deslistan productos.
Además, volvió a intimar a las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos, a incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia de dicha resolución.
La última actualización del programa se realizó el 4 de febrero, cuando Comercio Interior suspendió hasta hoy los efectos de la resolución 100/2020, que en marzo del año pasado congeló los precios de 18 categorías de productos para evitar el impacto sobre precios en el marco de la pandemia de coronavirus.
En esa oportunidad se exceptuaron del programa vinos, espumantes, miel y un grupo de productos regionales, estos últimos elaborados principalmente por micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
También se excluyeron algunos productos lácteos, pastas secas, masas, golosinas, milanesas de soja, azúcares premium y productos sin TACC, entre otros, fabricados por mipymes.
Al fundamentar la medida, la Secretaría señaló que se trataba de productos que "no forman parte de los que tienen relevancia en la satisfacción de las necesidades básicas de los consumidores y usuarios".
Frutas de Rio Negro
En total, Comercio Interior desafectó productos de Precios Máximos en tres oportunidades, luego de haberlo hecho el 12 de noviembre y el 12 enero último para determinados rubros.
El programa incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las mipymes y establecimientos mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas.
También rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento. (Télam)
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El mismo se aplicará desde el segundo día del mes próximo en líneas del AMBA, regionales y de larga distancia. Se trata de una suba del 53%.
Las empresas relevadas operaron en marzo con 70% de su capacidad instalada, mostrando una caída de 0,8 puntos porcentuales frente a febrero.
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