De acuerdo a este estudio, desde que asumió el presidente Javier Milei se sumaron más de 3 millones de nuevos pobres.
Consumo: el Gobierno aprobó un Código de Buenas Prácticas Comerciales para evitar maniobras abusivas
La Secretaría de Comercio Interior aprobó oficialmente hoy el "Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista", en el marco de la Ley de Góndolas, con el objetivo de evitar prácticas comerciales "desleales, distorsivas
Economía 12 de abril de 2021 Agencia Noticias ArgentinaEsta medida, que es obligatoria y comenzará a regir dentro de 30 días corridos, quedó fornalizada a través de la Resolución 340/2021, publicada este lunes en el Boletín Oficial. La Ley de Góndolas, que fue promulgada en marzo del año pasado, apunta a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea "transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores" y evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado, entre otros puntos. Ahora, Comercio Interior aprobó el del Código de Buenas Prácticas.
Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista, destinado a regular las relaciones comerciales entre los sujetos obligados -sin perjuicio de la superficie y características de sus establecimientos comerciales- y adherentes pertenecientes a cadenas de supermercados, tiendas, autoservicios y afines, y sus proveedores.
Según el texto oficial, los comercializadores "se conducirán en sus relaciones comerciales bajo los principios de buena fe, transparencia y lealtad evitando toda conducta que distorsione, límite, falsee o restrinja la libre competencia o el acceso al mercado".
Además, tendrán que otorgar un trato comercial "igualitario y sin discriminación entre sus distintos proveedores y no podrán imponer a los mismos restricciones o condicionamientos, más allá de los requisitos mínimos y habituales en el comercio y elcumplimiento de las normas vigentes, para establecer los acuerdos de provisión".
Asimismo, deberán suministrar a los consumidores información básica relativa a los productos dispuestos en espacios de exhibición y a toda promoción u oferta vigente en el punto de venta. De acuerdo con lo dispuesto, los Comercializadores se abstendrán de: NA
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