Cómo presentar tu justificación online si no podés votar este domingo
Pamela Orellana
Se acercan las elecciones legislativas nacionales del domingo 26 de octubre, que definirán 127 bancas de la Cámara de Diputados y 24 escaños en el Senado. Aunque el voto es obligatorio para personas entre 18 y 70 años, existen circunstancias que permiten justificar la ausencia y evitar sanciones económicas y administrativas.
El Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar contiene los nombres de quienes no cumplieron con su obligación. Quienes no regularicen su situación podrían enfrentar restricciones para realizar trámites oficiales durante un año, incluyendo sacar pasaporte, renovar el DNI o acceder a cargos públicos. Justificar el no voto evita la multa y protege a los electores de consecuencias más graves.
Quiénes pueden justificar la ausencia
La Cámara Nacional Electoral (CNE) detalla quiénes están exceptuados de votar:
- Menores de 18 años (el voto es optativo desde los 16)
- Mayores de 70 años
- Personas con problemas de salud o fuerza mayor, con documentación que respalde la causa
- Jueces de mesa y auxiliares
- Policías en funciones
- Electores a más de 500 kilómetros de su lugar de votación
Según la normativa, es obligatorio presentar documentación que respalde la causa de ausencia. De no hacerlo, se aplicará la multa correspondiente, que puede ir de 50 a 500 pesos según antecedentes.
Trámite para justificar el no voto por Internet
La justificación se realiza a través de la página oficial de la CNE accediendo a través de este enlace. Allí, el elector debe ingresar número de documento, género, distrito electoral y código de validación. Luego, la plataforma mostrará si figura como infractor. En caso afirmativo, se puede iniciar la justificación seleccionando la causa correspondiente.
El siguiente paso es cargar la documentación necesaria, un número de teléfono y correo electrónico, completando así el trámite online. El sistema permite gestionar la justificación hasta 60 días hábiles posteriores a la elección. Si la CNE acepta la solicitud, se evita el pago de la multa; de lo contrario, deberá abonarse según lo establecido.
Otra alternativa es realizar el trámite de forma presencial en la sede de la CNE en Av. Leandro N. Alem 232, CABA, presentando los documentos requeridos para salir del registro de infractores.
Obligación y optatividad del voto
En Argentina, el voto es universal, igual, secreto, libre y obligatorio. Esto significa que todos los ciudadanos argentinos nativos desde los 16 años, y naturalizados desde los 18, tienen el deber legal de emitir su sufragio. Es igual porque cada voto tiene el mismo valor; secreto, porque nadie debe revelar su elección; libre, ya que no se puede obligar a votar por una alianza política; y obligatorio para los habilitados.

El voto es optativo para jóvenes de 16 y 17 años, según la Ley de Ciudadanía Argentina (26.774), y para argentinos residentes en el exterior con domicilio registrado antes del 19 de abril de 2025. La excepción también aplica para mayores de 70 años.
Situaciones especiales: DNI perdido, extranjeros y privados de libertad
Quienes perdieron o les robaron el DNI no pueden votar salvo que obtengan y presenten el documento físico actualizado. No se aceptan constancias en trámite, pasaportes ni registros de conducir.
Los argentinos que estén en el extranjero el 26 de octubre tampoco podrán votar, salvo que hayan cambiado su domicilio antes del 19 de abril y gestionado la votación presencial o por correo en los plazos establecidos.
Finalmente, las personas privadas de su libertad, en prisión preventiva, pueden votar con boleta única de papel, adjudicando su voto al último domicilio registrado en su DNI, siempre que estén incluidos en el Registro de Electores Privados de Libertad.

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