Por medio de un Decreto de Necesidad, el presidente de la Nación, Alberto Fernández, definió que los despidos y suspensiones estarán prohibidos por un lapso de 60 días, en el marco de las definiciones que se vienen tomando como consecuencia de la pandemia mundial Coronavirus.

Es sabido que las consecuencias económicas de esta cuarentena obligatoria serán nefastas para la economía argentina, lo que generó cientos de despidos y suspensiones sobre las que el presidente tomó una decisión.

Este DNU entró en vigencia de manera inmediata, por lo que, aquellos empresarios que provoquen “despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", como así también "suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo" serán penados por tal decisión.

“Esta crisis excepcional conlleva la necesidad de adoptar medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo, ya que el desempleo conlleva a la marginalidad de la población”, sostiene el Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020.

Parte del decreto oficial.

"Resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales", resalta la normativa vigente.

Despidos y suspensiones tipo no serían "más que una forma de agravar en mayor medida los problemas que el aislamiento social, preventivo y obligatorio procura remediar", sentencia el documento que lleva la firma del mandatario; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de los ministros en cuestión